Repro II: el Gobierno fijó plazo y requisitos para los salarios de marzo

Nacionales 22 de marzo de 2022 Por Director
También se extendieron los beneficios de los programas de asistencia a trabajadores independientes y al sector hotelero.
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El Gobierno nacional fijó entre el 23 y el 30 de marzo inclusive el plazo de inscripción al Programa Repro II y al Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores Independientes en Sectores Críticos, para el pago de los salarios de este mes. La decisión se formalizó por medio de la Resolución 287/2022 del Ministerio de Trabajo, publicada este martes en el Boletín Oficial.

La cartera laboral estableció pautas a considerar para aplicar los criterios de preselección, respecto a las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder a alguna de esas asistencias económicas, que surgieron para amortiguar los efectos económicos de la pandemia.

Para el Repro II, los meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la AFIP serán febrero de 2019 y de 2022, excepto para aquellas compañías iniciadas a partir del 1º de enero de 2019. En tanto, el mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia será febrero de 2022, mientras que el corte de actualización de bajas de nómina y de actualización CBU, se fijó en el 21 de marzo.

Para solicitar asistencia estatal en el marco del Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores Independientes en Sectores Críticos, será obligatorio presentar una reducción de la facturación superior al 30% en términos reales, para el periodo comprendido entre febrero de 2019 y febrero de 2022.

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