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title: "Nuevas facilidades de pago para micro, pequeñas y medianas empresas"
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description: "La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció un plan de facilidades de pago destinado a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs), entidades sin fines de lucro, contribuyentes del sector salud y pequeños contribuyentes, para regularizar sus deudas tributarias."
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date_published: "2024-12-28T08:00:00-03:00"
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tags:
  - "ayuda economica"
  - "entidades"
author_name: "Redacción"
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category_name: "Nacionales"
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# Nuevas facilidades de pago para micro, pequeñas y medianas empresas

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Detalles del plan de pagos  
El régimen permitirá la financiación de deudas vencidas hasta el 31 de diciembre de 2024, con planes de hasta 4 años y cuotas mensuales, iguales y consecutivas. La tasa de interés será fija y se reducirá significativamente:

-25% sobre la tasa de interés resarcitorio vigente para pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud.  
-40% para medianas empresas (Tramos 1 y 2).

No será necesario un pago a cuenta inicial para adherirse.

Suspensión de embargos y ejecuciones fiscales  
ARCA también extenderá hasta el 31 de julio de 2025 la suspensión de embargos y ejecuciones fiscales para entidades sin fines de lucro y contribuyentes del sector salud, lo que ofrecerá mayor alivio financiero a estos sectores.

Obligaciones incluidas  
El beneficio abarca deudas tributarias como:

-Impuestos e intereses asociados.  
-Recursos de la seguridad social.  
-Retenciones y percepciones impositivas.  
-Multas y cargos suplementarios relacionados con tributos de importación o exportación.

Plazo de adhesión  
Los contribuyentes podrán adherirse al plan entre el 3 de febrero y el 30 de abril de 2025 a través del sistema "Mis Facilidades" utilizando Clave Fiscal. Es obligatorio tener CUIT activa, domicilio fiscal electrónico y CBU informada, además de haber presentado las declaraciones juradas correspondientes.

Esta iniciativa busca ofrecer flexibilidad financiera y facilitar la regularización de obligaciones tributarias, incluso aquellas no incluidas en moratorias anteriores. La medida será oficializada próximamente en el Boletín Oficial.

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