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description: "La revisión paritaria para los empleados mercantiles estableció incrementos del 1,9% para octubre, noviembre y diciembre. Además, se abonará una suma extraordinaria no remunerativa de $50.000, dividida en dos pagos de $25.000."
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date_published: "2026-10-28T17:00:00-03:00"
date_modified: "2026-10-28T10:47:42-03:00"
author_name: "Redacción"
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category_name: "Economía"
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# Comercio acordó una suba salarial del 5,7% en tres tramos y un pago extra de $50.000

Las entidades empresarias y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) alcanzaron un nuevo acuerdo salarial para los trabajadores comprendidos en el convenio mercantil.

La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) y FAECyS acordaron un incremento total del 5,7% sobre las escalas básicas del Convenio Colectivo de Trabajo N.º 130/75.

**Tres aumentos consecutivos del 1,9%**

El porcentaje acordado se distribuirá en tres etapas:

- 1,9% a partir de octubre de 2026.  
- 1,9% desde noviembre.  
- 1,9% desde diciembre.

Para calcular los incrementos se tomarán como referencia los valores salariales correspondientes a septiembre de 2026, incluyendo las sumas no remunerativas vigentes a esa fecha.

**También habrá un pago extraordinario de $50.000**

El entendimiento incorpora además una suma excepcional, no remunerativa y no acumulativa, por un total de $50.000.

Ese monto se pagará en dos cuotas: $25.000 junto con el salario de octubre y otros $25.000 con la remuneración correspondiente a noviembre.

**El acuerdo rige desde octubre**

Lo pactado tendrá vigencia desde el 1.º de octubre de 2026.

Las partes acordaron volver a reunirse en enero de 2027 para analizar la evolución de las variables económicas y evaluar eventuales ajustes en función del escenario de ese momento.

**Una excepción para Río Grande**

El acuerdo también establece que los incrementos no serán vinculantes para eventuales negociaciones salariales específicas que puedan desarrollarse en la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego.

No obstante, las sumas resultantes de esta revisión constituirán el mínimo convencional vigente una vez que el acuerdo sea homologado.

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