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Feriado del 2 de abril: derechos laborales y funcionamiento del comercio

El sector comercial y de servicios puede abrir sus puertas, respetando la normativa laboral vigente. Los empleados pueden optar por no trabajar sin sufrir descuentos, y en caso de asistencia, deben recibir el pago correspondiente al doble de su jornal.

Info. General25/03/2025RedacciónRedacción
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El miércoles 2 de abril será feriado nacional en conmemoración del Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas.

Los comercios y prestadores de servicios pueden operar con normalidad, siempre y cuando cumplan con las disposiciones legales en materia laboral.

El Convenio Colectivo de Trabajo de los Empleados de Comercio establece que el personal tiene el derecho de negarse a trabajar sin que se le descuente el día. En caso de que el trabajador decida asistir a su puesto, se le deberán abonar las horas trabajadas conforme a los artículos 155 y 166 de la Ley de Contrato de Trabajo, utilizando el divisor 25. Esto significa que el empleado recibirá el pago correspondiente al doble de su jornal.

Cabe destacar que, en estos casos, no corresponde la compensación de horas en otro momento.

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