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Aguinaldo para jubilados: ANSES comenzará los pagos el 9 de diciembre y habrá cronograma por DNI

El Sueldo Anual Complementario se acreditará junto con los haberes previsionales de diciembre y no requerirá ningún trámite adicional. El monto será equivalente al 50% del haber mensual más alto cobrado durante el segundo semestre y el cronograma se extenderá hasta el 23 de diciembre.
Economía24/10/2026RedacciónRedacción

Los jubilados y pensionados alcanzados por el régimen de ANSES comenzarán a cobrar durante diciembre la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC), conocido habitualmente como aguinaldo.

El calendario previsto comenzará el 9 de diciembre para quienes perciben el haber mínimo y continuará de manera escalonada según la terminación del DNI.

A diferencia de otros beneficios extraordinarios, el aguinaldo forma parte del régimen previsional y se deposita automáticamente junto con la prestación mensual.

Cómo se calcula el aguinaldo

El SAC equivale al 50% del haber mensual más elevado percibido durante el segundo semestre del año.

Por ese motivo, el monto definitivo dependerá de cuál haya sido la jubilación o pensión más alta cobrada entre julio y diciembre.

Como ejemplo, si el haber más alto del semestre fuera de $450.000, el aguinaldo correspondiente alcanzaría los $225.000. De esa manera, entre la prestación mensual y el SAC se recibirían $675.000, sin contemplar eventuales refuerzos extraordinarios.

El bono de $70.000 no integra la base utilizada para calcular el aguinaldo.

Quiénes recibirán el SAC

El pago alcanza a jubilados pertenecientes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), pensionados por fallecimiento, titulares de Pensiones No Contributivas que tengan reconocido este derecho y beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).

El aguinaldo se abona dos veces al año, durante junio y diciembre, y no requiere inscripción ni solicitud previa.

También habrá actualización de los haberes

Durante diciembre, las prestaciones previsionales recibirán además la actualización correspondiente por movilidad.

El porcentaje definitivo estará determinado por la evolución del Índice de Precios al Consumidor de octubre.

Por ese motivo, el valor final sobre el que se calculará el SAC dependerá de cuál resulte ser el haber más elevado del segundo semestre.

Cuándo cobran quienes perciben la mínima

El calendario para jubilados y pensionados con haberes mínimos comenzará el 9 de diciembre y se organizará según la terminación del documento:

- DNI terminados en 0: 9 de diciembre.
- DNI terminados en 1: 10 de diciembre.
- DNI terminados en 2: 11 de diciembre.
- DNI terminados en 3: 14 de diciembre.
- DNI terminados en 4, 5 y 6: 15 de diciembre.
- DNI terminados en 7, 8 y 9: 16 de diciembre.

Haberes superiores a la mínima

Quienes cobren prestaciones superiores al haber mínimo tendrán un cronograma posterior.

Los documentos terminados en 0 y 1 cobrarán el 17 de diciembre; los terminados en 2 y 3, el 18; los finalizados en 4 y 5, el 21; los terminados en 6 y 7, el 22; y los DNI finalizados en 8 y 9 recibirán el depósito el 23 de diciembre.

El depósito será automático

Los beneficiarios no tendrán que realizar ninguna gestión especial para acceder al aguinaldo.

ANSES acreditará el SAC junto con el haber correspondiente a diciembre, respetando las fechas establecidas para cada terminación de DNI.

De esta manera, diciembre tendrá para jubilados y pensionados dos componentes principales: el haber mensual actualizado y la segunda cuota del aguinaldo, a lo que podría sumarse un eventual refuerzo extraordinario si el Gobierno resuelve mantenerlo.

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