
El fallo fue dictado en un juicio abreviado que puso fin a la causa y dejó firme la condena.
En una audiencia celebrada en la Oficina de Gestión Judicial de Rafaela, el juez Nicolás Guillermo Stegmayer resolvió sustituir la prisión preventiva de Cristian Juan Pablo C., acusado bajo la Ley 23.737, por un régimen de medidas alternativas.
Judiciales05/12/2024El abogado defensor, Carlos Luis Farías Demalde , solicitó la audiencia para gestionar la morigeración de la prisión preventiva, argumentando que Cristian Juan Pablo C. atraviesa un cuadro de adicción a la cocaína. Según un informe interdisciplinario, se dispuso su ingreso a la Asociación Nazaret, en Cañada de Gómez, para iniciar un tratamiento de rehabilitación. La institución confirma que Crespi puede ingresar el 6 de diciembre.
Por su parte, la fiscal Lorena Jorgelina Korakis se opuso al planteo, solicitando el mantenimiento de la prisión preventiva al considerar que los riesgos procesales persisten y que el imputado carece de arraigo suficiente.
El juez Nicolás Guillermo Stegmayer, tras evaluar los argumentos de ambas partes, destacó que las medidas cautelares son revisables y priorizó el derecho a la salud del imputado, considerando la seriedad del plan terapéutico presentado. En consecuencia, dispuso la libertad de Cristian Juan Pablo C. bajo las siguientes condiciones:
1. Tratamiento obligatorio: Someterse al programa de rehabilitación en la Asociación Nazaret, en Cañada de Gómez.
2. Responsable designado: Su madre, Rosa Florinda Martiarena, será la encargada de supervisar las medidas alternativas y reportar periódicamente los avances del tratamiento.
3. Informes mensuales: Cristian Juan Pablo C., a través de su defensa, deberá informar mensualmente al tribunal sobre la evolución del tratamiento.
4. Firma y domicilio fijo: Una vez finalizado el tratamiento, el imputado deberá registrar su firma en la comisaría correspondiente y establecer un domicilio fijo ante la Oficina de Gestión Judicial.
El juez enfatizó que esta decisión no contempla una internación obligatoria, sino que se basa en una alternativa viable para garantizar el proceso judicial y respetar el derecho a la salud del imputado.
Tras la lectura del acta, firmada por todas las partes, se dio por notificada la resolución en el mismo acto. Esta decisión refleja el enfoque del tribunal en compatibilizar el cumplimiento de la ley con medidas que favorecen la rehabilitación y reinserción social.
El fallo fue dictado en un juicio abreviado que puso fin a la causa y dejó firme la condena.
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Mauricio N. Piana fue condenado a cumplir pena efectiva por tentativa de homicidio doloso. Además, deberá pagar 30 millones de pesos de reparación a la víctima, que sobrevivió al ataque gracias a la intervención de su padre y la rápida atención médica. El fiscal que llevó adelante la investigación y representó al MPA durante todo el proceso judicial es Martín Castellano.
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