Causa Obra Pública: en duros términos el tribunal rechazó la recusación de Cristina a los fiscales y jueces

Nacionales 13 de agosto de 2022 Por Director
En los considerandos, el TOF 2 se basó en "los yerros y la mala fe procesal en la que incurrieron las defensas que realizaron livianas referencias", al recusar a los funcionarios judiciales por la foto del partido de fútbol, entre otras cuestiones y les impone las costas del trámite.
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El Tribunal Oral Federal Nº2 fundamentó el rechazo a las recusaciones de "que mediante escrito presentado por la defensa de Cristina Fernández de Kirchner el día lunes 8 de agosto pasado, se formalizó el pedido de apartamiento de los Dres. Rodrigo Giménez Uriburu y Diego Luciani, en orden a las razones de hecho y derecho que introdujo esa parte y que en la presente damos por reproducidas en honor a la brevedad"

Además, en las veinte páginas en las que resumen los hechos y los dichos en la causa y en los alegatos, señalan que "en atención a los defectos formales y argumentales en el que han incurrido los incidentistas, consideramos ajustado a derecho la imposición de las costas causadas en la presente incidencia, de conformidad con las previsiones de los arts. 530 y 531 del Código Procesal Penal de la Nación. Al fin de cuentas, en orden a las razones que se han brindado a lo largo de esta decisión, es que se habrá de proceder al rechazo de las recusaciones intentadas por no haberse dado razones legítimas ni objetivas que avalen la posición de los incidentistas. Por lo demás, y ante la falta de actualidad del agravio en el que se funda la tacha de inconstitucionalidad del art. 61 in fine del Código Procesal Penal de la Nación."

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