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Rechazaron la prisión domiciliaria para el empresario imputado por abuso sexual en Rafaela

Se trata de E. N. T., acusado en una causa por abuso sexual gravemente ultrajante y abuso sexual con acceso carnal. La defensa, a cargo de Carlos Farías Demalde y Germán Verna, había pedido morigerar la prisión preventiva por razones de salud, pero el juez Javier Bottero rechazó el planteo.
Judiciales30/06/2026RedacciónRedacción

La Justicia de Rafaela rechazó el pedido de prisión domiciliaria solicitado por la defensa del empresario rafaelino E. N. T., imputado en una causa por abuso sexual gravemente ultrajante y abuso sexual con acceso carnal.

La audiencia se realizó este lunes 30 de junio en la Oficina de Gestión de Audiencias del Distrito Judicial Nº 5 de Rafaela y estuvo encabezada por el juez penal Javier Bottero.

El imputado, de 58 años, permanece detenido en la cárcel de Las Flores. La defensa particular estuvo a cargo de los abogados Carlos Farías Demalde y Germán Verna, mientras que la Fiscalía fue representada por Brenda Baños. La querella intervino a través de Cristina Fortunato.

El caso había tomado estado público en abril, cuando el empresario fue formalmente imputado en tribunales locales. En aquella audiencia, la Fiscalía le atribuyó hechos encuadrados como abuso sexual gravemente ultrajante en concurso real con abuso sexual con acceso carnal, además de otros agravantes vinculados a la reiteración de conductas y promoción a la corrupción de menores.

En esta nueva audiencia, la defensa solicitó que se morigere la prisión preventiva y que el acusado pueda cumplir la medida bajo la modalidad de prisión domiciliaria. Para fundamentar el pedido, hizo referencia a cuestiones de salud, certificados médicos y un certificado de discapacidad.

Los defensores plantearon que no se trataba de pedir la libertad del imputado, sino una modificación en la forma de cumplimiento de la medida cautelar, a partir de su situación médica y personal.

La fiscal Brenda Baños se opuso al planteo. Según sostuvo, la cuestión ya había sido analizada y los informes incorporados indicaban que el Servicio Penitenciario se encuentra en condiciones de brindar la atención médica necesaria. También remarcó que no se acreditó que el imputado haya estado sin asistencia médica o sin tratamiento específico durante su detención.

La acusación además insistió en que los riesgos procesales continúan vigentes, especialmente el peligro de fuga, por lo que consideró que no estaban dadas las condiciones para otorgar la domiciliaria.

La querella, representada por Cristina Fortunato, solicitó que se escuche a la víctima. En tanto, la madre de la víctima también participó de la audiencia y manifestó su posición en línea con el rechazo al pedido de la defensa.

Tras escuchar a las partes, el juez Javier Bottero resolvió rechazar la prisión domiciliaria. En su decisión, sostuvo que la cárcel no es un lugar destinado a la recuperación de enfermedades, pero remarcó que en este caso no se acreditó que el imputado requiera internación ni que su cuadro no pueda ser atendido dentro del sistema penitenciario.

El magistrado también señaló que la documentación presentada no resultaba suficiente para modificar la prisión preventiva y valoró que seguían vigentes los riesgos procesales.

De todos modos, Bottero ordenó oficiar al Servicio Penitenciario para que se garantice al imputado un tratamiento médico especializado, conforme a lo solicitado durante la audiencia.

De esta manera, E. N. T. continuará detenido en la cárcel de Las Flores mientras avanza la causa judicial en su contra.

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