
El fallo fue dictado en un juicio abreviado que puso fin a la causa y dejó firme la condena.
Un hombre de 39 años, identificado con las iniciales M.A.L. fue puesto en prisión preventiva tras ser investigado por múltiples actos de violencia de género en perjuicio de su pareja. La medida fue ordenada por el juez Javier Bottero, a petición de la fiscal Favia Burella, durante una audiencia remota en los tribunales de Rafaela.
Judiciales05/07/2024Según la investigación, M.A.L. agredió físicamente y amenazó a su pareja, además de violar una orden judicial que le prohibía acercarse a ella. Estos hechos ocurrieron en Frontera, departamento Castellanos. La medida cautelar de prisión preventiva se extenderá por 90 días.
La fiscal Burella explicó que el imputado mantuvo una relación de pareja con la víctima durante seis años, tiempo en el cual aprovechó la vulnerabilidad de la mujer para agredirla físicamente.
El primer incidente registrado ocurrió en la madrugada del viernes 21 de abril del año pasado, cuando M.A.L. golpeó a la mujer frente a sus dos hijos menores, amenazándola de muerte y causándole lesiones en el cuello. En agosto de 2023, tras haber terminado la relación, el hombre violó una orden judicial y se presentó en la casa de la víctima, donde volvió a agredirla físicamente el 29 de enero de este año, causándole lesiones en el pómulo derecho.
En la audiencia, el juez Bottero fundamentó la prisión preventiva argumentando que las evidencias presentadas indican una alta probabilidad de que el imputado sea el autor de los hechos. Bottero destacó la extrema violencia ejercida por M.A.L. incluida la violencia económica, y señaló que la pena esperada podría ser de cumplimiento efectivo.
El juez también consideró que existe un riesgo claro de entorpecimiento probatorio, ya que el imputado podría hostigar a la víctima para modificar su testimonio. Además, las medidas alternativas a la prisión preventiva ofrecidas por la defensa fueron consideradas inadecuadas para garantizar la seguridad de la víctima.
A M.A.L. se le atribuyó la autoría de lesiones leves dolosas calificadas por violencia de género y relación de pareja, reiteradas en dos ocasiones, amenaza simple y desobediencia al mandato judicial, también en dos ocasiones.
El fallo fue dictado en un juicio abreviado que puso fin a la causa y dejó firme la condena.
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