
Día no laborable del 2 de mayo: ¿qué pasa en el sector privado?
Redacción
Tras el feriado nacional del Día del Trabajador, el viernes 2 de mayo será un día no laborable con fines turísticos. A diferencia del 1° de mayo, esta jornada no implica una obligación de cierre para el sector privado, por lo que las actividades comerciales y de servicios podrán desarrollarse con total normalidad.
De acuerdo con la normativa vigente y el Convenio Colectivo de Trabajo de los Empleados de Comercio, los trabajadores del rubro no pueden negarse a asistir a sus puestos ese día. En caso de inasistencia injustificada, el empleador está habilitado a descontar la jornada del salario.
Además, el 2 de mayo no contempla pagos adicionales ni horas compensatorias para quienes trabajen. Es decir, se trata de una jornada regular en términos laborales, sin los beneficios ni las condiciones especiales que rigen en los feriados nacionales.
La medida forma parte del calendario oficial de días no laborables con fines turísticos, que buscan promover el turismo interno mediante la extensión de los fines de semana largos. Sin embargo, en el ámbito privado, su aplicación es optativa, y cada empleador puede decidir si concede o no el día como descanso.


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