El tiempo - Tutiempo.net

Reforma laboral: cómo impactarán los cambios en vacaciones, despidos y organización del trabajo

El Gobierno nacional promulgó la nueva Ley de Modernización Laboral y su reglamentación ya fija modificaciones importantes en el régimen laboral argentino. La norma introduce cambios en contratos, indemnizaciones, negociación colectiva y derecho de huelga.
Info. General07/03/2026RedacciónRedacción

La reforma laboral impulsada por el Gobierno nacional comenzó a regir tras la promulgación de la Ley N.º 27.802, que introduce transformaciones significativas en el funcionamiento del sistema laboral argentino. La normativa, oficializada mediante el Decreto 137/2026, modifica aspectos centrales de la Ley de Contrato de Trabajo y redefine reglas en materia de jornadas, indemnizaciones, negociación colectiva y formalización del empleo.

Uno de los puntos centrales de la reforma es la creación de los llamados Fondos de Asistencia Laboral (FAL), un mecanismo mediante el cual los empleadores deberán aportar mensualmente un porcentaje de los salarios para cubrir futuras indemnizaciones. Para las grandes empresas el aporte será del 1% y para las micro, pequeñas y medianas empresas del 2,5%. Estos fondos estarán administrados por entidades autorizadas por la Comisión Nacional de Valores y comenzarán a aplicarse desde el 1 de junio de 2026.

Cambios en el contrato de trabajo

La ley redefine el concepto de trabajo dentro del régimen legal y aclara que determinadas actividades quedarán fuera del alcance de la relación de dependencia tradicional. Entre ellas se incluyen los trabajadores independientes, los prestadores de servicios a través de plataformas digitales y las personas privadas de la libertad.

Además, se limita la presunción automática de relación laboral en casos donde existan facturación o transferencias bancarias, un punto que modifica criterios utilizados habitualmente en conflictos judiciales.

Plataformas digitales

La normativa establece un régimen específico para quienes realizan tareas mediante aplicaciones de movilidad o reparto. Estos prestadores serán considerados trabajadores independientes y no empleados en relación de dependencia.

Las plataformas deberán ofrecer seguros por accidentes personales, capacitaciones y canales digitales para reclamos, mientras que los prestadores conservarán libertad para conectarse, fijar horarios y aceptar o rechazar pedidos.

Formalización del empleo

El nuevo esquema también incorpora incentivos para promover el trabajo registrado. Se crea el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral, que permitirá durante un año que quienes contraten trabajadores no registrados o desempleados paguen una contribución patronal reducida del 2% durante los primeros cuatro años.

A su vez se habilita un programa de regularización que permite condonar hasta el 70% de las deudas acumuladas por aportes a la seguridad social en relaciones laborales no registradas.

Vacaciones y jornada laboral

Entre las modificaciones más comentadas aparece el nuevo esquema para el otorgamiento de vacaciones. Estas podrán concederse entre el 1 de octubre y el 30 de abril, aunque la normativa establece que los trabajadores deberán acceder al período estival al menos una vez cada tres años. También se habilita la posibilidad de fraccionar el descanso en períodos no menores a siete días.

En materia de jornada laboral, se incorpora el denominado “banco de horas”. Este sistema permitirá compensar horas trabajadas de más con reducciones en la jornada en otro momento del calendario. Bajo este esquema, un trabajador podría cumplir jornadas de hasta 12 horas, siempre que se respete un descanso mínimo de 12 horas y se compensen las horas excedentes posteriormente.

Indemnizaciones y despidos

La reforma también introduce cambios en la forma de calcular indemnizaciones por despido. El monto se determinará tomando como base el salario básico promedio de la actividad, sin incluir conceptos como aguinaldo, premios o vacaciones.

Además, se habilita el pago de las indemnizaciones en cuotas: hasta 12 pagos mensuales para grandes empresas y hasta 18 para las pymes.

Las sentencias judiciales en materia laboral también podrán abonarse en cuotas, ajustadas por el Índice de Precios al Consumidor más un interés anual del 3%.

Cambios en convenios colectivos

Otro punto relevante es la modificación del principio de ultraactividad. Los convenios colectivos que vencen dejarán de mantenerse automáticamente vigentes hasta que se firme uno nuevo. Solo seguirán aplicándose las condiciones básicas de trabajo mientras dure la negociación.

La ley también habilita la posibilidad de incorporar componentes salariales variables o adicionales en las negociaciones colectivas o incluso mediante acuerdos individuales dentro de las empresas.

Derecho de huelga

La reforma redefine el alcance de las medidas de fuerza al establecer nuevas categorías de actividades consideradas esenciales o trascendentales.

En los servicios esenciales —como salud, educación, agua potable, energía, gas, transporte de caudales o cuidado de menores— deberá garantizarse una prestación mínima del 75%.

En las actividades catalogadas como trascendentales —entre ellas transporte de pasajeros, radio y televisión, industria farmacéutica, siderurgia, cemento y producción de alimentos— la cobertura mínima exigida será del 50%.

Con este nuevo marco, el Gobierno busca modificar el funcionamiento de las relaciones laborales, promover la formalización del empleo y redefinir los mecanismos de negociación entre trabajadores y empleadores. La aplicación práctica de estos cambios comenzará a verse progresivamente en los próximos meses.

Te puede interesar
Lo más visto