Feriado de Carnaval: Cómo operará el sector comercial y de servicios

El lunes 3 y martes 4 de marzo se celebrarán los feriados nacionales de Carnaval, fechas en las que los comercios y prestadores de servicios podrán operar con normalidad, siempre respetando las disposiciones legales aplicables.
El Convenio Colectivo de Trabajo de los Empleados de Comercio establece que los trabajadores pueden optar por no asistir a sus puestos sin que se les descuente la jornada. En caso de que decidan trabajar, deberán recibir el pago de las horas al valor de un jornal doble, conforme a los artículos 155 y 166 de la Ley de Contrato de Trabajo (utilizando el divisor 25). Además, no corresponde la compensación de horas trabajadas.
De este modo, cada empleador y trabajador deberá acordar la modalidad laboral durante estos días festivos, asegurando el cumplimiento de la normativa vigente.
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