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En los casos de Villa Minetti, Helvecia, Alvear, San José de la Esquina y Teodelina serán los primeros en la historia. En los restantes, son renovaciones. Armstrong también tendrá elecciones en agosto para completar el mandato de Verdecchia.
Provinciales20/06/2024El Poder Ejecutivo promulgó esta semana las leyes que declararon municipios a Villa Minetti (dpto 9 de Julio), Alvear (Rosario) y Helvecia (Garay) lo que determina que el año venidero esas localidades no elijan comisiones comunales sino sus primeros intendentes y los seis integrantes de sus primeros concejos municipales. La misma situación se da en San José de la Esquina y Teodelina cuya declaratoria de municipios se dio después de las elecciones del año pasado.
De esta manera, ahora el mapa santafesino está atravesado por 65 municipios y 300 comunas, divididas entre tres y cinco miembros titulares de acuerdo al número de habitantes. La Constitución santafesina dispone en el artículo 106 que "todo núcleo de población que constituya una comunidad con vida propia gobierna por sí mismo sus intereses locales con arreglo a las disposiciones de esta Constitución y de las leyes que se sancionen.
Las poblaciones que tengan más de diez mil habitantes se organizan como municipios por ley que la Legislatura dicte en cada caso, y las que no reúnan tal condición como comunas.
La ley fija la jurisdicción territorial de municipios y comunas y resuelve los casos de fusión o segregación que se susciten".
No obstante desde 1985, la Legislatura fue dictando leyes dándole categoría de municipio a poblaciones que aún hoy no alcanzan los diez mi habitantes fijados por la Constitución. Es más, en los últimos cinco casos se dieron tras la realización del censo nacional de población 2022. No obstante, ese censo aún no definió la cantidad de habitantes de cada localidad que entre otras cosas debería servir para definir la conformación política de cada población e incluso el número de bancas en el Concejo de cada ciudad. Expertos en estadísticas dudan de la posibilidad de que Indec de a conocer el número de habitantes 2022 por cada núcleo poblacional de la Argentina.
Esta semana, el Ejecutivo validó la Ley N° 14262 para declarar municipio a Villa Minetti; la 14.265 para Helvecia y la 14.266 para Alvear.
Así en 2025, de los 65 municipios que ahora tiene el mapa provincial, 19 deberán elegir su autoridad municipal. Además de esas tres, también serán primerizas en San José de la Esquina y Teodelina. En los cinco casos deberán designar sus primeros seis concejales para integrar los respectivos cuerpos.
Las restantes municipios que elegirán intendente serán Recreo, San José de la Esquina y Sauce Viejo en el dpto La Capital; San Vicente en Castellanos; El Trébol en San Martín y San Guillermo y Suardi en San Cristóbal. También Las Toscas en Florencia en General Obligado; Romang en San Javier; Armstrong en Belgrano y Fray Luis Beltrán, Puerto General San Martín y Roldán en San Lorenzo.
En el resto de las ciudades santafesinas se renovarán la mitad de los concejales actuales.
En el caso de Armstrong, tendrá elecciones el próximo 11 de agosto para elegir el intendente que completará el mandato de Pablo Verdecchia quien asumió la banca de senador por Belgrano en diciembre último. Sin primarias, en agosto compiten el actual intendente interino Guillermo Luzzi (Unidos para Cambiar Santa Fe), Facundo Amil (Somos Armstrong), María Claudia Camusso (Pais) y Emiliano Gramigna (Cambia Armstrong). No obstante, el mandato será hasta 2025 por lo cual el año próximo deberán realizarse nuevas elecciones.
También el 11 de agosto se definirán las comisiones comunales de Cañada Ombú y Golondrina, ambas intervenidas por el Poder Ejecutivo a fines del año pasado. Los elegidos también deberán someterse a elecciones el año venidero debido a que las comisiones comunales tienen vigencia por dos años, de acuerdo a la Constitución santafesina.
Elecciones separadas
En el Poder Ejecutivo ya se trabaja en la elaboración de cronogramas electorales separando las elecciones municipales y comunales de las elecciones nacionales de diputados. En ambos cronogramas se contempla la realización de Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO) para definir los candidatos. La norma santafesina exceptúa de ese paso electoral a los municipios y comunas donde no haya interna en ninguna de las fuerzas inscriptas.
La expectativa en Casa Gris es que antes de fin de año la Legislatura sancione la ley que declare la necesidad de la reforma constitucional y que la elección de convencionales constituyentes se realice en forma simultánea a la de intendentes, concejales y miembros comunales.
Defensa de la autonomía tributaria
La diputada Alejandra Rodenas (Compromiso Justicialista) ingresó un proyecto de declaración sobre "la necesidad de defender la autonomía tributaria de los municipios y comunas de la Provincia de Santa Fe, consagrada en las facultades que les confiere la Constitución Nacional y Provincial y las leyes provinciales Nro. 2756 Orgánica de Municipalidades, Nro. 2439 Orgánica de Comunas y la Nro. 8173 Código Tributario Municipal, en virtud de las cuales pueden establecer Ordenanzas de carácter tributario".
"Nos encontramos con la necesidad de defender y brindar el apoyo total e irrestricto a la autonomía tributaria que detentan los estados locales, por medio de la cual pueden establecer tasas, derechos y contribución de mejoras, dentro del ámbito de su jurisdicción", explicó la rosarina. Señaló que "en los últimos días, varios municipios y comunas de la zona sur de la provincia recibieron cartas documento, cuestionando a las gestiones locales el ejercicio de sus potestad tributaria, principalmente en lo que respecta al cobro de la tasa municipal. Desconociendo, todo el plexo normativo antes mencionado y la necesaria realización de obras de mejoramiento, de mantenimiento y de infraestructura en las calles y/o caminos, dentro de su jurisdicción, ante el incremento de la circulación del tránsito pesado". Rodenas llama a pensar en los habitantes de esas localidades, "que año tras año tienen que soportar la contaminación sonora, la congestión vial en rutas, caminos y colectoras, desmejorando su calidad de vida".
Ante la falta de rutas nacionales y provinciales acordes por la que circula el tránsito pesado, esos municipios y comunas vienen implementando el cobro de una tasa, avalada por ordenanzas locales dictadas en el marco de las facultades tributarias que les da el Código. "Con el producido de la tasa, los municipios y comunas realizan la prestación del servicio de control y ordenamiento vehicular del tránsito pesado, el servicio de control bromatológico y fitosanitario, mantenimiento de la infraestructura vial en caminos comunales, alternativos y colectoras que constituyen el último eslabón de la red vial de acceso a los puertos, el servicio de salud y todo otro servicio que se debe prestar en razón del impacto que ocasiona la circulación del tránsito pesado", enfatizó Rodenas. Por último, la legisladora recuerda el aval que ha dado la Corte Suprema de Justicia de la Nación a esas tasas.
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