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La Justicia frenó el decreto de Milei que limitaba el derecho a huelga

Una jueza laboral dio lugar al amparo presentado por la CGT y suspendió los artículos que restringían la protesta sindical. El fallo señala que el decreto podría vulnerar derechos constitucionales.

Nacionales03/06/2025RedacciónRedacción
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La avanzada del gobierno nacional para restringir el derecho a huelga sufrió su primer revés judicial. El Juzgado Nacional del Trabajo N.º 3, a cargo de la jueza Moira Fullana, resolvió suspender de manera provisoria dos artículos clave del decreto 340/2025, que había sido cuestionado por la Confederación General del Trabajo (CGT) por atentar contra la libertad sindical.

El fallo judicial surge a partir de una medida cautelar solicitada por la central obrera, que denunció que la normativa impulsada por el presidente Javier Milei representaba un serio retroceso en materia de derechos laborales, al establecer exigencias que, en los hechos, imposibilitan el ejercicio legítimo de huelgas.

Un límite judicial al decreto

La resolución judicial ordena suspender los efectos de los artículos 2° y 3° del DNU en relación con los trabajadores representados por la CGT, hasta tanto se dicte una sentencia definitiva sobre su validez constitucional. Según la central gremial, esos artículos ampliaban de forma arbitraria la categoría de “servicios esenciales” y exigían niveles de funcionamiento tan altos durante una medida de fuerza (entre el 50% y el 75%) que hacían impracticable cualquier paro.

El camino judicial como estrategia

Frente a un contexto complejo para la protesta en las calles, la CGT optó por avanzar por vía judicial para frenar el decreto presidencial. En su presentación ante la Justicia del trabajo, denunció la inconstitucionalidad del DNU por afectar directamente el derecho a huelga reconocido en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y en tratados internacionales que integran el bloque de constitucionalidad, como los convenios 87 y 98 de la OIT y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Se abre una nueva pulseada

El fallo de Fullana representa un freno para la implementación inmediata del decreto, aunque no es una sentencia definitiva. Sin embargo, marca un antecedente relevante en la discusión sobre los alcances del poder presidencial en materia de derechos laborales.

La central obrera celebró la decisión y anticipó que continuará utilizando todas las herramientas legales disponibles para impedir lo que consideran un intento de cercenar la capacidad de lucha del movimiento obrero. Mientras tanto, el gobierno nacional deberá enfrentar un nuevo frente judicial que podría escalar hasta la Corte Suprema.

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