
El Gobierno reduce la edad mínima para ser usuario legítimo de armas a 18 años
Redacción
El Presidente de la Nación emitió un decreto que modifica la reglamentación de la Ley N° 20.429, armonizando la normativa con el Código Civil y Comercial de la Nación. A partir de ahora, la mayoría de edad para obtener la condición de legítimo usuario de armas de uso civil será de 18 años, en lugar de los 21 años que establecía la normativa anterior.
La medida, publicada este lunes en el Boletín Oficial, adecúa el artículo 55 del Decreto N° 395/75, que reglamenta la Ley de Armas y Explosivos, al marco legal vigente. Según lo dispuesto, este cambio busca reconocer la capacidad de los ciudadanos mayores de 18 años para cumplir con los requisitos necesarios y acceder a esta condición bajo el control de la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC), organismo dependiente del Ministerio de Seguridad.
El decreto entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial, marcando un cambio en la regulación para los interesados en la tenencia, uso o portabilidad de armas de uso civil. La decisión se fundamenta en el reconocimiento de la mayoría de edad a los 18 años establecido por el Código Civil y Comercial de la Nación, aprobado mediante la Ley N° 26.994.
Esta modificación ha sido debatida en distintos sectores, destacándose su impacto en el acceso a las armas de uso civil, con opiniones a favor y en contra sobre sus posibles implicancias sociales y de seguridad.


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