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Cómo se trabaja en los feriados del 16 y 20 de junio en Rafaela

El primero es trasladable y permite la apertura comercial con pago doble si se trabaja. El segundo está alcanzado por la Ley de Descanso Dominical, salvo en casos exceptuados.

Info. General11/06/2025RedacciónRedacción
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La semana próxima traerá dos feriados nacionales y con ellos distintas disposiciones laborales a tener en cuenta en Rafaela, tanto para trabajadores como para empleadores del sector comercial y de servicios.

Lunes 16 de junio:

Este feriado corresponde al Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes, que se traslada del martes 17 al lunes 16 para generar fin de semana largo. Durante esta jornada, los comercios pueden abrir sus puertas, pero deben respetar las normativas laborales vigentes.

Según lo establece el Convenio Colectivo de Trabajo de Empleados de Comercio, el personal puede optar por no asistir a su puesto de trabajo, sin que eso implique descuento salarial. Si el empleado sí se presenta, se le debe abonar jornal doble, calculado de acuerdo con los artículos 155 y 166 de la Ley de Contrato de Trabajo, es decir, utilizando el divisor 25. No se generan horas compensatorias.

Viernes 20 de junio:

Este feriado conmemora el Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano, y en Rafaela rige la Ley de Descanso Dominical, ya que el Municipio adhirió mediante la ordenanza N.º 4706.

Por lo tanto, los establecimientos comerciales y de servicios deben permanecer cerrados, salvo aquellos exceptuados expresamente por la Ley provincial 13.441. Entre ellos se encuentran:

Comercios atendidos por sus dueños y de hasta 120 m².

Farmacias, estaciones de servicio, bares, restaurantes, panaderías, heladerías, florerías y ferreterías.

Servicios esenciales como salud, hotelería, transporte, telecomunicaciones (sin actividad comercial).

Actividades recreativas como cines, teatros y juegos infantiles.

Ferias, mercados municipales y expendio de alimentos perecederos.

Comercios ubicados en terminales o centros comerciales menores a 200 m².

En todos los casos exceptuados por la Ley de Descanso Dominical —o en localidades donde no rige—, se aplica el mismo criterio que para el 16 de junio: el trabajador puede negarse a asistir sin pérdida salarial, y si trabaja, se le paga jornal doble.

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