
El gobierno provincial de Santa Fe oficializó el "reconocimiento médico": ¿qué es y quiénes lo cobrarán?
Redacción
Este beneficio se otorga como parte de un esfuerzo por reconocer el trabajo del personal médico en el contexto de las demandas del sistema sanitario.
El decreto 48/2025, que oficializa la medida, establece que el "reconocimiento médico" alcanzará a los profesionales que desempeñen funciones de dirección y subdirección en hospitales y Samcos, ya sea en calidad de titulares, interinos o suplentes. La inversión mensual en el programa es de $350 millones, y está dividido en dos módulos:
Módulo de Jerarquización de la Función Directiva: Este módulo ya está en marcha y se destina a los profesionales al frente de aproximadamente 300 hospitales y Samcos. Los montos de la asignación varían según el nivel de complejidad del efector de salud. Por ejemplo, un director de un Samco con servicio de internación podrá recibir un monto de hasta $2.560.000, lo que representa un incremento significativo respecto a lo que percibían antes de la implementación del programa.
Módulo de Valoración de la Gestión y Registro de Prestaciones: Este módulo comenzará a implementarse en marzo y está destinado a los profesionales de la Ley 9282 que registren prestaciones en el sistema de registro SICAP, en el marco del proceso de digitalización de la salud pública. Esta valorización se dará como complemento dinerario mensual y será progresiva.
Montos de la asignación especial
Los montos de la asignación varían según el nivel de complejidad de los efectores de salud y el cargo ocupado. Según el decreto, los montos establecidos son los siguientes:
-Tercer Nivel de Atención - Alta Complejidad:
*Director: $4.000.000
*Subdirector: $3.200.000
-Segundo Nivel de Atención - Mediana Complejidad:
*Director (hospitales descentralizados o SAMCOS con servicios de complejidad): $3.500.000
*Subdirector: $2.560.000
-SAMCOS con internación:
*Director: $2.560.000
*Primer Nivel de Atención - Baja Complejidad (sin internación):
*Director: $2.000.000
Cálculo de la asignación
La asignación complementaria será la diferencia entre el haber neto mensual del profesional, antes de la retención del Impuesto a los Ingresos Personales, y el monto asegurado por función y nivel de complejidad establecido en el decreto. Esta asignación no se considera para el cálculo de otros adicionales, suplementos, compensaciones, ni haberes mínimos garantizados.
Este reconocimiento salarial llega en un contexto en el que los gremios del sector salud han reclamado mejoras salariales y mejores condiciones laborales. Sin embargo, algunos representantes sindicales han destacado que es necesario avanzar en soluciones estructurales que permitan mejorar de manera sostenida las condiciones del personal sanitario.


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